RESOLUCIÓN GENERAL ERSEP N°39/2022
NUEVO INCREMENTO TARIFARIO VIGENTE A PARTIR DEL 01/06/2022:
Se hace saber a Uds., que en el Expediente N° 0521-063554/2022/R5, se ha dictado la siguiente
Resolución:
Córdoba, 01 de Junio de 2022, Resolución General ERSeP N° 39/2022 y visto:… Considerando:… Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por la Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N° 52/2022, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP) por mayoría (voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales José Luis Scarlatto, Luis A. Sánchez y Walter Scavino):
RESUELVE:
Artículo 1º): APRUÉBASE un incremento sobre los valores tarifarios correspondiente a la prestadora Cooperativa de Trabajo COPASA Limitada, a aplicarse de manera escalonada en un tramo de 35% que empezará a regir a partir de la publicación en el Boletín Oficial, y un tramo de 7,05% a aplicarse a partir de los consumos registrados desde el primero de Agosto de 2022 sobre los valores tarifarios vigentes al 30 de Julio de 2022, en los términos propuestos en el Informe Técnico Conjunto N° 119/2022 y 45/2022 de la Sección Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento y Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I y II.- y dese copias.-
Artículo 2°): AUTORIZASE a la prestadora del Servicio de Agua Cooperativa de Trabajo COPASA Limitada a aplicar el cargo tarifario de Amortización e Inversiones conforme al listado de la Sección Técnica el cual obra como Anexo III de la presente en orden a la ejecución de las obras priorizadas.-
Artículo 3°): INSTRÚYASE a la Gerencia de Agua y Saneamiento a los fines de que, en cumplimiento de lo previsto por el art. 25 inc. g. de la ley 8835 y lo dispuesto por la Resolución General ERSeP N° 04/2019, continúe efectuando el control y seguimiento de las obras a realizar sobre los bienes afectados al servicio de agua potable brindado por la Prestadora y de las inversiones a realizar.-
Artículo 4°): PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente y del Juez de Faltas Regulatorio con copia.-
Artículo 5°): PROTOCOLÍCESE, comuníquese.-
Fdo. Honorable Directorio del ERSeP
Córdoba, 01 de Junio de 2022.